Funciones de la Secretaría Ejecutiva

– Coordinar las acciones entre las dependencias y las entidades competentes de la administración pública estatal que deriven de la presente Ley;

– Elaborar el anteproyecto del Programa Estatal para someterlo a consideración de los miembros del Sistema Estatal de Protección Integral;  Llevar a cabo el seguimiento y monitoreo de la ejecución del Programa Estatal; 

– Celebrar convenios de coordinación, colaboración y concertación con instancias públicas y privadas, nacionales e internacionales;

– Administrar el Sistema Estatal de Información, a que se refiere la fracción XV del artículo121, y coadyuvar en la integración del Sistema Nacional de Información. Se deberá recopilar la información a nivel estatal con el fin de integrar el sistema de información, para que a su vez pueda ser compartida con el Sistema Nacional de Información;

– Realizar y promover estudios e investigaciones para fortalecer las acciones en favor de la atención, defensa y protección de niñas, niños y adolescentes con el fin de difundirlos a las autoridades competentes y a los sectores social y privado para su incorporación en los programas respectivos; 

– Difundir entre las autoridades correspondientes y la población en general los resultados de los trabajos que realice, así como toda aquella información pública que tienda a la generación, desarrollo y consolidación de perspectiva en la materia, desagregada por lo menos, en razón de edad, sexo, municipio, escolaridad y discapacidad; 

– Asesorar y apoyar a las autoridades estatales y municipales que lo requieran para el ejercicio de sus atribuciones; 

– Rendir un informe anual al Sistema Estatal de Protección Integral respecto al cumplimiento de las metas y programas trazados por el mismo;

– Informar anualmente al Sistema Nacional de Protección Integral los avances del Programa Estatal;

– Fungir como instancia de interlocución con organizaciones de la sociedad civil, academia y demás instituciones de los sectores social y privado; 

– Expedir oportunamente las convocatorias para las sesiones cuando menos dos veces al año;

– Levantar y certificar las actas, acuerdos, e instrumentos jurídicos, llevar el archivo de éstos y de los demás documentos del Sistema Estatal de Protección Integral;

– Cumplir y dar seguimiento a los acuerdos y compromisos emanados del Sistema Estatal de Protección Integral;

– Elaborar y mantener actualizado el Manual de Organización y Operación del Sistema Estatal de Protección Integral; y

– Las demás que encomiende el Presidente o el Sistema Estatal de Protección Integral.